SON MUCHOS LOS PROBLEMAS QUE HAY QUE RESOLVER CUANDO SE ESTUDIA LA ORDENACIÓN DEL SECTOR TURÍSTICO. DEJANDO AL MARGEN LOS QUE PUDIÉRAMOS CALIFICAR COMO PROBLEMAS DE ORDEN PÚBLICO -CONTROL DE LOS APARTAMENTOS TURÍSTICOS, NECESIDAD O NO DE INSCRIPCIÓN EN REGISTROS ESPECÍFICOS, ESTABLECIMIENTO DE LAS CONDICIONES EN LAS QUE SE PRESTA EL SERVICIO POR PARTE DE SUS TITULARES.-, EN EL ÁMBITO ESTRICTAMENTE FISCAL LOS PROBLEMAS SE MULTIPLICAN. SON MUCHAS LAS ADMINISTRACIONES CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, MUCHOS LOS FLANCOS APETECIBLES POR UNAS ADMINISTRACIONES NECESITADAS DE LIQUIDEZ. PERO NO DEBIERA PERDERSE DE VISTA LA VIGENCIA DE LOS PRINCIPIOS QUE, DESDE SIEMPRE Y POR IMPERATIVO CONSTITUCIONAL, DEBEN INFORMAR LA REGULACIÓN. AHÍ ESTÁ LA CAPACIDAD ECONÓMICA, LA RESERVA DE LEY, EL PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA, EL PRINCIPIO DE IGUALDAD. A SU NECESARIA OBSERVANCIA SE REMITE EL AUTOR. LA ADMONICIÓN NO ESTÁ DE MÁS. NO VAYA A SER QUE CADA UNO DE LOS INTÉRPRETES VAYA TOCANDO LAS TECLAS QUE TENGA POR CONVENIENTE, Y AL FINAL LO QUE PUDO SER UNA BELLA SINFONÍA SE CONVIERTA EN UN TUMULTO RUIDOSO CARENTE DE ARMONÍA ALGUNA.