LA UNI?N EUROPEA (UE) HA JUGADO UN PAPEL CENTRAL EN LA LUCHA CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO TRANSNACIONAL (COT) TANTO A NIVEL INTERNO COMO EN SU ENTORNO PR?XIMO. ESTABLECIDO EN LOS COMIENZOS COMO UN COMPLEMENTO AL MERCADO INTERIOR Y LA LIBERTAD DE MOVIMIENTO DE PERSONAS, EL CONJUNTO DE MEDIDAS ADOPTADAS EN LOS ?LTIMOS A?OS POR LA UNI?N PARA LUCHAR CONTRA EL COT CONSTITUYE EN LA ACTUALIDAD UNO DE LOS ELEMENTOS PRINCIPALES DEL ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA. EN ESTE MARCO, LA UE HA IMPULSADO EL ESTABLECIMIENTO DE CIERTA POL?TICA ?COM?N? PARA LUCHAR CONTRA EL COT EN SU ESPACIO INTERNO BASADA EN DIFERENTES INSTRUMENTOS TRANSVERSALES E INTER-PILARES DESTINADOS A ATAJAR ESTA AMENAZA A LA SEGURIDAD INTERIOR, INCORPORANDO ACTORES NOVEDOSOS EN LA ESCENA INSTITUCIONAL Y EL EMBRI?N DE UN DERECHO PENAL PURAMENTE EUROPEO. ESTE MODELO DE GESTI?N MULTINIVEL DE LA SEGURIDAD CONTRA EL COT LE OFRECE, ASIMISMO, NUEVAS DIMENSIONES PARA ACTUAR EN EL EXTERIOR COMO UN ACTOR INTERNACIONAL RELEVANTE EN LA TRANSNACIONALIZACI?N DEL DERECHO PENAL Y EJERCER DE ESTA FORMA INFLUENCIA EN LAS RELACIONES INTERNACIONALES COMO UN ACTOR NORMATIVO, COMPROMETIDO CON LA LUCHA CONTRA EL COT A NIVEL GLOBAL. SIN EMBARGO, AL MISMO TIEMPO, ESTE ROL INTERNACIONAL SIRVE A LA CONSECUCI?N DE SUS PROPIOS OBJETIVOS DE SEGURIDAD CONTRA LO QUE ES PERCIBIDO COMO UNA ?AMENAZA EXTERIOR?, CONTRAVINIENDO EN CIERTO MODO EL PAPEL NORMATIVO QUE PRETENDE EN SU RELACI?N CON TERCEROS ESTADOS Y LOS OBJETIVOS DE OTRAS POL?TICAS EXTERIORES.