Con este libro se pretende avanzar en el conocimiento histórico-jurídico del delito de violación en la Castilla de la Edad Moderna. La violencia sexual que se ejercía en aquella época afectó, esencialmente, a los miembros más débiles de la sociedad, entre los que destacaban las mujeres, sobre todo aquellas que no tenían la protección de los padres o de un tutor, como huérfanas, mendigas o trabajadoras que realizasen algún tipo de labor aislada. Estas mujeres, solas y desamparadas, eran presas fáciles para individuos educados en una sociedad que asumía este tipo de violencia como algo inevitable. El estatus social del violador y de la víctima influía enormemente en la consideración del delito. Socialmente se aceptaban las violencias sexuales que los poderosos cometían sobre los dominados, de manera que, en estos supuestos, generalmente las denuncias no solían realizarse. Por otro lado, no era lo mismo violar mujeres de buena fama, como vírgenes, casadas, religiosas o viudas, que vivían honestamente en sus casas bajo la protección de un varón, que forzar a las que no tenían esa consideración. Mientras que en el primer caso se castigaba con la máxima dureza y las penas estaban determinadas en la ley, en el segundo, quedaban al arbitrio del juzgador, que atendía a diversas circunstancias: personales, de tiempo y de lugar en que se cometió el delito. Sin duda, la sensibilidad ante la violencia sexual ha cambiado enormemente en nuestros días. La violación, considerada hoy como un delito contra la libertad sexual en el que se atenta psicológica y físicamente contra una persona, nada tiene que ver con la fuerza de las mujeres en los siglos modernos, que se apreciaba como un ultraje al honor y la honra de los parientes, especialmente varones, de la mujer corrompida. Los textos legales de la época se preocupaban más de castigar el perjuicio causado a los propietarios de las víctimas, que los daños que ésta pudiera sufrir. Esta situación comenzará a modificarse a finales del siglo XVIII. Los jueces y la doctrina, con la influencia de la Ilustración, tratarán de humanizar el Derecho penal, considerando que la pena, más que cruel, debía ser infalible. Pero, sin duda, será en la etapa constitucional cuando la evolución del Derecho penal se consolide. Por lo que se refiere al delito de violación, en este periodo aumentará el interés por proteger a la víctima como persona individualizada, al margen del grupo familiar, valorándose los daños físicos y psicológicos que había sufrido como consecuencia del delito.