La prueba pericial suele se fundamental en aquellos procesos en los que es utilizada, pues el juez casi siempre acude a ella para motivar su sentencia. Por ello, el legislador debe proceder con especial detalle y perfeccionismo, máxime cuando, como sucede con esta prueba, se introduce una regulación totalmente novedosa respecto de la antigua LEC de 1881. La opinión del autor sobre la nueva normativa de la prueba pericial es muy crítica, opinando que estamos ante una de las materias peor reguladas en la LEC 1/2000. Muy probablemente, los problemas que suscita la nueva regulación traen causa de una errónea configuración de la prueba pericial como un estricto medio probatorio. Nuestro legislador, ha atribuido a las partes todo el poder para introducir los dictámenes periciales en el proceso, articulando una excesiva y confusa variedad de momentos procesales, con tramitación propia, en los que pueden aportarse dichos dictámenes, lo que conduce a un verdadero labyrinthus peritiae. Así atendiendo al orden en que legalmente se encuentran previstos, los diversos dictámenes periciales pueden solicitarse y aportarse hasta en doce momentos distintos. Sin embargo, este libro no se limita a efectuar una visión crítica de la prueba pericial, sino que, en la medida de lo posible, intenta proponer soluciones a los problemas que se plantean, siempre con el criterio básico de efectuar una lectura de las normas que permita la máxima eficacia del derecho a la prueba de las partes, esto es, aquella que posibilite la mayor actividad probatoria dentro del proceso.