La tesis inicial de esta monografía es que el mundo occidental se haconstruido sobre las bases del Derecho moderno cuyos conceptos ypresupuestos contienen una visión masculina de la realidad que cierrala puerta a otros escenarios diferentes. El feminismo jurídico hacriticado esa mirada masculina de la vida generada y sustentada por el Derecho, pero la crítica procede también de otros saberes.Entreellos, el arte es un ente transformador que produce ideas, nuevassensibilidades y promueve cambios culturales que potencialmentepersiguen ser incorporados al Derecho. Además, es capaz de dotaralfenómeno jurídico de lo que desgraciadamente siempre ha carecido y deesta manera expresar emociones y sentimientos, que son también partede nuestra naturaleza.
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