Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, Consejero Permanente de Estado y Presidente Emérito del Tribunal Constitucional, recuerda en elprólogo de la presente obra que «los derechos sociales son una de lasbases del Estado Social que consagra nuestra Constitución».A lo largo de los capítulos, se trata de analizar, desde unaperspectiva jurídica, el tratamiento que tuvieron las materiassociales en las diversas constituciones históricas españolas que, a lo largo del siglo XIX, estuvieron vigentes (caso, por ejemplo, de lasde 1837, 1845, 1869 o 1876) o llegaron a ser proyecto (caso, porejemplo, de la nunca aprobada de la I República, de 1873).Concretamente, se indagan los motivos por los que, como ocurriódurante el reinado de Isabel II, el constitucionalismo olvidó esasmaterias, para preocuparse por otras (como la generalización delderecho de propiedad), a las que se dio prioridad, o se analiza eldesarrollo de la normativa social durante el Sexenio Revolucionario yel origen de la legislación laboral en la I República y durante elrégimen de la Restauración, sobre todo a partir de la gran reforma de1900. Particular análisis merece, ya en el siglo XX, la Constituciónde la II República de 1931, en la que por primera vez los derechossociales tuvieron recepción en España. La obra termina con unasreflexiones sobre los fundamentos históricos de la vigenteConstitución de 1978. Los autores de la obra son especialistas dediversas ramas del Derecho.