Esta investigación tiene como finalidad auscultar lo más relevante de la doctrina de los actos propios, tema que hoy reviste más importancia académica y práctica que en el pasado. En efecto, ciertamente la doctrina de los actos propios ha sido objeto de estudio en la dogmática, y muy especialmente en la jurisprudencia española e internacional, aun cuando no en forma continua y menos sistemática, por cuanto la mayoría de contribuciones atañen a aspectos muy específicos que no siempre permiten una visión de conjunto, la cual resulta esencial en una materia que demanda un mayor examen. En armonía con lo mencionado, en el Derecho comparado esta institución comienza a suscitar interés generalizado no solo en los países del civil law (Europa y América Latina), sino del common law. En tal virtud, se justifica que estudios como el presente irrumpan en la literatura jurídica, incluso en naciones como España, en donde se le examinó con interés en la década de los cincuenta (José PUIG BRUTAU) y especialmente, en forma notable y docta, en la de los sesenta (Luis DÍEZ-PICAZO), aun cuando hace varios lustros no se retoma el tema, por lo menos de manera integral. Por eso, después de sesenta años, nuevamente se requiere un detenido examen y su connatural actualización doctrinal, con mayor razón cuando la jurisprudencia española repetidamente se ha ocupado de ella, avalando su incidencia en la práctica y en el ejercicio profesional, a lo que se suma el hecho inobjetable de su utilidad y expansión a diferentes áreas del Derecho público y privado, no solo en el Derecho español, sino también en otros ordenamientos. En síntesis, la trascendencia actual de los actos propios luce indiscutida, y su vigencia y proyección futura «garantizadas», en la medida en que se trata de uno de los remedios jurídicos de mayor empleo en el quehacer cotidiano de jueces y abogados, el cual ha sido analizado por su autor en forma amplia y documentada, pues como expresa el profesor Eugenio LLAMAS POMBO en su prólogo, en tan «...formidable y riguroso trabajo, el profesor Carlos Ignacio JARAMILLO aborda con singular erudición y solvencia los aspectos más salientes de la doctrina de los actos propios».