UNDE VENIS ET QUO VADIS, HISPANICAFAMILIA
La posición jurídica del matrimonio canónico deriva del Acuerdo Jurídico de 1979 entre España y la Santa Sede, conforme al art. 16.3 CE, y, a su vez, para las demás confesiones religiosas reconocidas, de los Acuerdos de 1992. En cuanto a la Iglesia Católica cabe decir que tanto la Ley de desarrollo de 1981, como las promulgadas por el Estado en 2005 sobre matrimonio homosexual y reformas de la separación y divorcio, desconocen y violan en cuestiones importantes el Acuerdo de 1979. Mientras éste siga en vigor parece conveniente una reunión urgente de la Comisión Mixta Iglesia-Estado prevista en él.
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