La preocupación por la invasión de nuestra intimidad justifica el interés que desde mediados del siglo XX ha suscitado en las esferas democráticas occidentales la privacidad informática. La protección de datos personales no conforma, en términos generales, un nivel convencional de legislación. Francia, pionera a nivel europeo, y siempre fiel a su indiscutible tradición humanista, confiere una voz particular a este debate internacional desde que el 6 de Enero de 1978 se adoptase la llamada Ley de Informática y Libertades. En efecto, ""del otro lado de los Pirineos"" se reaccionó con premura: sin embargo, en los orígenes de este juego de influencias que caracteriza el sistema de regulación normativa en la Europa comunitaria, España no se ha quedado rezagada. A través del análisis comparativo de las legislaciones francesa y española, se podrán determinar cuáles son las particularidades y diferencias apreciables en este proceso de lectura diferenciada entre, de un lado, la inspiración directa que la precursora Ley 78/17 francesa supuso para la redacción de los primeros textos internacionales, y por otro lado, las transposiciones de la Directiva 95 /46 CE a las fuentes legales específicas del derecho interno español y francés en materia de regulación de los datos de carácter personal. Habida cuenta de su extensa experiencia, Francia no sólo ha sido un modelo a seguir, sino que sigue abriendo nuevas e interesantes vías de análisis alternativas.