Después de superar una jurisprudencia confusa y vacilante sobre la aplicación por los órganos jurisdiccionales del Derecho Comunitario de la Competencia, el TS vino, a partir del año 2000, a reconocer el efecto directo de los artículos 81 y 82 del Tratado CEE que viene expresamente a establecer el Reglamento CE 1/2003 atribuyéndoles competencia para aplicar también el art. 81.3. Nuestro Derecho interno sólo posibilita la aplicación por los jueces nacionales de la LDC de forma indirecta a través de la LCD. El proyecto de Ley de Defensa de la Competencia, en tramitación, viene a habilitar la aplicación de la legislación interna sobre competencia a los jueces de lo mercantil en litigios privados. El presente trabajo analiza sintéticamente la evolución legislativa y jurisprudencial centrándose principalmente en el análisis del nuevo panorama que plantea el Proyecto de Ley en la aplicación judicial del Derecho interno sobre competencia y los problemas sustantivos y procesales que sería preciso superar en el trámite legislativo