EL DERECHO ROMANO CONSTITUYE LA EXPERIENCIA JUR?DICA M?S PARADIGM?TICA DE LA HISTORIA EUROPEA. LA RELEGACI?N QUE HIST?RICAMENTE SE HA PRODUCIDO EN EL ESTUDIO DEL DERECHO P?BLICO ROMANO NO SE JUSTIFICA, A JUICIO DEL AUTOR, EN ATENCI?N A LA UNIDAD DE LA CIENCIA JUR?DICA, Y DEL PROPIO DERECHO ROMANO, COMO ORDENAMIENTO GLOBAL DE LA COMUNIDAD POL?TICA ROMANA, A LA NECESIDAD DE EXPLICAR LA NORMA JUR?DICA EN EL CONTEXTO POL?TICO Y SOCIOECON?MICO EN EL QUE NACE, Y A LAS M?LTIPLES Y VARIADAS ENSE?ANZAS QUE DEPARA EL ESTUDIO DE LOS PRINCIPIOS Y NORMAS CONSTITUCIONALES, ADMINISTRATIVAS, PENALES, FISCALES O INTERNACIONALES QUE CARACTERIZAN A LA COMUNIDAD ROMANA. LA ENSE?ANZA DEL DIGESTO JUSTINIANEO EN LA BOLONIA DEL SIGLO XI, EST? EN EL ORIGEN DE LA QUE FUE LA PRIMERA UNIVERSIDAD EUROPEA Y CONTRIBUYE, DESDE ENTONCES A LA CONFORMACI?N DE LA L?GICA Y EL RAZONAMIENTO JUR?DICO DE LOS ESTUDIANTES DE LAS FACULTADES DE DERECHO. LA PRINCIPAL NOVEDAD DE ESTA VIG?SIMA EDICI?N CONSISTE EN ACTUALIZAR EL TEMA XVI CORRESPONDIENTE AL DERECHO ADMINISTRATIVO ROMANO, CON LA ADICI?N DE UN APARTADO TITULADO ?DEFENSA DE INTERESES GENERALES Y ACCIONES POPULARES?. EN LA ROMA REPUBLICANA EL EJERCICIO DE LAS ACTIONES POPULARES CORRESPOND?A A CUALQUIER CIUDADANO, QUIVIS DE POPULO O QUIQUNQUE AGERE VOLET, Y TEN?A COMO FINALIDAD LA TUTELA DE INTERESES GENERALES EN UNA ESFERA PROPIAMENTE P?BLICA, LIGADA A LA PERSECUCI?N DE CR?MENES P?BLICOS O AL USO P?BLICO DE LOS BIENES P?BLICOS, O BIEN AFECTABA A UNA ?MBITO CON MAYOR VINCULACI?N A LA UTILIDAD PRIVADA DEL CIVIS"".