La obra aborda los múltiples y graves problemas que en el campo de la prevención de riesgos laborales plantean las fórmulas de producción de bienes y de servicios a través de las que se canaliza la descentralización productiva. Las complejas conexiones e interferencias que en la descentralización productiva se producen entre las distintas empresas, actividades y sujetos que en ella se encuadran, provoca que una actuación incorrecta o negligente de alguno de los sujetos participantes cause daños al resto, incluso que esta actuación sea la determinante de la lesión que sufra el trabajador por el acaecimiento del accidente. La diversificación de las formas productivas y los efectos que sobre la siniestralidad laboral ocasiona, ha originado que el ordenamiento jurídico laboral implante un sistema de deberes de actuación preventiva dirigido a todas las empresas concurrentes. Para ello, se crean nuevos centros de imputación normativa orientados a compensar la falta de identificación empresarial en las estructuras productivas descentralizadas de producción en concurrencia. La autora examina con carácter crítico y reconstructivo el complejo artículo 24 de la Ley 31/1995 y el RD 171/2004. A partir del análisis de la descentralización y la cooperación como fenómenos generales, se profundiza con posterioridad en los distintos conceptos que configuran la ordenación de la prevención de riesgos laborales en la descentralización productiva, la delimitación de las obligaciones preventivas para los sujetos concurrentes y el examen del específico deber de coordinación. Tras este planteamiento general se estudia la participación de dimensión colectiva de los trabajadores y, particularmente, se atiende a la prevención de riesgos laborales de los trabajadores autónomos tras la aprobación del Estatuto del Trabajo Autónomo.