La presente edición, facsímil de la impulsada por la Real Academia Española en 1815, es el complemento indispensable del Liber Iudiciorum, publicado por la AEBOE en 2015. De esta manera, el lector podrá contrastar el trabajo que sobre el Liber efectuó la doctrina alemana a través de Karl Zeumer en 1902, con la visión tradicional española, anterior casi en un siglo. La idea de impulsar la edición latino/castellana del Fuero Juzgo arrancó en la Real Academia Española en 1784, aunque los avatares históricos impidieron completar la labor hasta después de la Guerra de la Independencia. Para el texto latino, la Academia se decantó desde un primer momento por el Códice Vigilano o Albeldense. Más prolija y ardua fue su labor para la versión castellana. Se reconoció la superioridad, en este sentido, del denominado Códice Murciano, donado al archivo municipal de la ciudad de Murcia por el Rey Sabio y del que se han incorporado algunas páginas en el estudio preliminar de esta edición. Para sus omisiones debidas a deterioros o pérdidas, la Academia consultó entre otros: los seis ejemplares de la Biblioteca de El Escorial, los tres de la Biblioteca Real, y los ejemplares de los Estudios Reales de San Isidro de Madrid, de don Pedro Rodríguez Campomanes, del marqués de Malpica, del Colegio Mayor de San Bartolomé de Salamanca y de la Catedral de Toledo. Finalmente, la edición incorpora el extenso "DISCURSO Sobre la legislación de los visigodos y formación del Libro o Fuero de los jueces, y su versión castellana" de Manuel de Lardizábal (1739-1820), en cuanto que constituye un ejercicio de erudición histórico-jurídica, representativa de uno de los últimos supervivientes del pensamiento ilustrado carlotercerista en España. Lardizábal, miembro de la Academia desde 1775 y su secretario desde 1783, encontró en el Fuero una suerte de constitución española sancionada por la historia, en contraposición al código de 1812, importación al suelo patrio de un pensamiento ajeno a nuestra tradición jurídica.