¿Por qué es correcto que el titular de un derecho o expectativa especule con ella hasta el límite de su optimización egoísta? ¿Por qué es una pretensión ineficiente e inmoral que se pretenda alcanzar un determinado estándar ético a través de la manipulación del Derecho? ¿Cómo debe reaccionar el aplicador del Derecho cuando el sistema jurídico es sustancialmente irracional? ¿Qué condiciones relacionales hacen abusiva una conducta perversa? ¿Qué sesgos deben darse para que una estrategia de maximización de ventajas merezca el reproche de fraude? ¿Qué valor jurídico tienen los estados «de minimis»? ¿Cuándo actúa abusivamente el que pide lo que le es debido? ¿Por qué es un paralogismo la prohibición de actos emulativos? ¿Por qué la regla de los propios actos no debe cursar como ordinariamente se cree que cursa? ¿Por qué el socio de una sociedad mercantil está legitimado para la maximización de su ventaja y no la del grupo? ¿Qué es una norma saturada de motivos? ¿Cómo se distingue una restricción típica de una restricción circunstanciada? ¿Por qué el ejercicio de acciones de nulidad es ordinariamente abusivo? Estas y otras preguntas -muchas de las cuales nunca correctamente formuladas antes- constituyen el contenido de este ensayo de construcción de teoría jurídica y de prescripción para la praxis del Derecho.