Estudiar el régimen jurídico de las asociaciones en general, es decir, de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, es un capítulo a desarrollar en la doctrina española. Llama la atención cómo cualquier otro tipo de personas jurídicas (sociedades mercantiles, cooperativas o fundaciones) tienen cientos de libros y artículos dedicados al análisis de la ley que las rige o a cualesquiera de sus partes, mientras que la persona jurídica por antonomasia, la asociación, la raíz de todas las de corte colectivo, está casi huérfana de estudios en profundidad que, al menos, cubran el vacío de los extremos que ampara. Realizar esta tarea, además de buscar los porqués de tal abandono, es una de las obligaciones que la doctrina ha de llevar a cabo. Partiendo de estas premisas, el libro se inicia con un análisis histórico de la normativa de asociaciones en nuestro país. Elemento clave para comprender la regulación actual de las mismas. En España, las leyes de asociaciones han tenido una longevidad inusitada y, por dicho motivo, han estado vigentes en etapas históricas donde los principios establecidos por las Constituciones del momento han chocado directamente con los de la norma general de asociaciones vigente, siendo ello una constante anacrónica en la regulación positiva de este tipo de persona jurídica. ¿Por qué y cómo han sobrevivido a tal situación? A ello intenta responder la primera parte. El trabajo continua con el análisis de la Ley Orgánica 1/2002: concepto, asociaciones con régimen jurídico específico y excluidas de la Ley Orgánica, constitución, sujetos, organización y funcionamiento, patrimonio, responsabilidad, derechos y deberes de los asociados, disolución y liquidación, el Registro de Asociaciones y las asociaciones de utilidad pública. Prestando especial atención a aquellos casos en los que la jurisprudencia estaba más consolidada y que ha dado lugar al nuevo texto legal. Fruto de ello ha sido otro especial fenómeno de la Ley Orgánica de Asociaciones. Las leyes especiales han creado un magma de identidad del que ha bebido la ley general, este fenómeno de inductividad normativa se ve en el derecho de asociaciones con toda claridad. Estos especiales hitos son puestos de manifiesto a lo largo del estudio que sigue a continuación. Luis A. Anguita Villanueva es Profesor Contratado Doctor de Derecho civil en la Universidad Complutense. Doctor desde 1999, está acreditado a Profesor Titular hace ya tiempo, habiendo desarrollado también su labor docente e investigadora en centros extranjeros como la Universidad de Harvard, la Southwestern Law School de Los Ángeles, el European University Institute de Florencia, o el centro UNIDROIT de Roma, entre otros. Ha recorrido el mundo de norte a sur y de este a oeste participando en congresos y seminarios relativos a la disciplina jurídica que le ocupa. Autor de variados libros, obras colectivas y artículos, lleva dedicándose a la Universidad desde 1995.