Pocos conceptos resultan tan familiares como complejos al procesalista y al jurista en general como el de las reglas de la sana crítica. También es un concepto muy familiar al juez que debe valorar las pruebas siguiendo mayoritariamente el sistema de las reglas de la sana crítica. En la presente obra, y teniendo en cuenta las aportaciones del Derecho Probatorio, de la Filosofía del Derecho y de la Teoría de la Argumentación, se indaga el origen histórico del término «reglas de la sana crítica», y se investiga profundamente el significado y alcance de la expresión de las reglas de la sana crítica como reglas derivadas de la lógica, la experiencia y la ciencia, con la finalidad de ofrecer pautas de interpretación al jurista. Se analiza la regulación de las reglas de la sana crítica en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil y en los distintos medios de prueba. Se inicia con la interpretación del inciso final del artículo 218.2 LEC, que remite a las reglas de la lógica y la razón la valoración de los medios de prueba, y sigue con un estudio individualizado de las reglas de la sana crítica en el interrogatorio de las partes, el interrogatorio de testigos, la prueba pericial, los documentos, la prueba electrónica, e incluso -aunque no se mencione explícitamente en la LEC- en el reconocimiento judicial. También se formulan propuestas normativas de lege ferenda, unas de carácter general y válidas para cualquier ordenamiento jurídico, como las que tratan de positivizar el proceso de valoración de la prueba y las reglas de la sana crítica, y otras de carácter específico, aplicables a la Ley de Enjuiciamiento Civil española, y con la finalidad de perfeccionar la regulación de las reglas de la sana crítica con respecto al interrogatorio de las partes y de la prueba pericial, y de introducirlo, por vez primera, con respecto al reconocimiento judicial.